¿Tu empresa ya cumple con las Regulaciones Fiscales en México?
A partir del 1 de enero de 2022, la versión del CFDI se actualizó a 4.0. Coexistirá con la versión 3.3 desde el 1 de enero de 2022 hasta el 1 de diciembre de 2022, por lo que, a partir del 1 de enero de 2023, la única versión válida será la 4.0.
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La factura que cubre retenciones fiscales e información de pagos realizados permite documentar estas operaciones en el caso de contribuyentes residentes en el extranjero.
Este CFDI se refiere a dividendos, arrendamiento en fideicomiso, venta de acciones, fideicomiso no empresarial, intereses, intereses hipotecarios, pagos a extranjeros, planes de retiro, premios, operaciones con derivados y el sector financiero.
El Complemento para la recepción de pagos, es decir, el que debe emitirse junto con el CFDI cuando se reciben pagos en parcialidades o en forma diferida, también se renueva. Ahora, solo podrá usarse con el CFDI tipo P. Adicionalmente:
Todo lo relacionado con bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como todo lo relacionado con la forma en que se transportan, ya sea por tierra, aire, mar o río y, en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
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Recuerda que:
Cuando muevas mercancías, debes generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte para que puedas acreditar su estancia legal y/o posesión durante el traslado, acompañándolo del archivo digital o de la representación impresa.
La información que debes registrar en el complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervienen en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).
Además de todo lo anterior, las consideraciones que las personas físicas y morales que pagarán impuestos bajo la nueva modalidad de CFDI 4.0 deben tener en cuenta son las siguientes:
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